1. El Colegio de Psicólogos de regula únicamente la actividad de los psicólogos, por lo tanto, sus resoluciones solo alcanzan a nuestros matriculados que son quienes ejercen dicha profesión.
  2. Los Aranceles que se publican en nuestra web oficial como referencia para la práctica del Acompañamiento terapéutico son de utilidad para los Psicólogos que desempeñan esa tarea ya que la misma está comprendida dentro de nuestras incumbencias, y que generalmente tienen estudios de posgrado en esa área.
  3. No existe un convenio ni ninguna otra figura legal que determine que nuestro Colegio pueda regir la práctica de técnicos o profesionales que no son psicólogos.
  4. En la provincia de Tucumán los aranceles por servicios profesionales en el ámbito privado están desregulados; es decir que se establecen por un acuerdo entre las partes. En ese contexto es comprensible que Técnicos en AT puedan tomar nuestras publicaciones o las de otras instituciones como referencia para poder pensar el valor de su práctica, pero esto no implica que nuestro Colegio tenga alguna incidencia en esos acuerdos.