
Nuestro Código de Ética en la Práctica Profesional
Nuestro deber profesional es guardar secreto de todo conocimiento que nos transmite el/la paciente. Hace a la esencia misma de nuestra profesión, protegiendo la seguridad y honra de los consultantes y sus familias, y es garantía de la respetabilidad del profesional cualquiera sea el ámbito en el que se desempeña.
¿En qué ocasiones se releva el compromiso de mantenerlo?
- El secreto profesional puede ser relevado por autorización escrita del paciente.
- Cuando un juez pide mayor ampliación de información, que compromete la intimidad del paciente, el psicólogo debe solicitar por escrito al juez el relevamiento del secreto profesional. Una vez que el juez responda por escrito puede hacer una ampliación del informe, agregando sólo la información estrictamente necesaria y ajustándose al objeto del proceso en juicio.
Existen otras excepciones que invitamos a conocer en nuestro código de ética: