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Llamado a Interesados para Integrar el Padrón de Profesionales recomendados del CPT

LLAMADO A INTERESADOS PARA INTEGRAR EL PADRÓN DE PROFESIONALES RECOMENDADOS DEL CPT PARA REALIZAR EVALUACIÓN EN SALUD MENTAL A CANDIDATOS A CUBRIR VACATNES EN EL PODER JUDICIAL 

La Ley Provincial 9186 establece que a partir de ahora todo postulante al cargo de juez, fiscal, defensor y otros cargos judiciales, que llegue a la última instancia del concurso, debe someterse a una evaluación psicológica y presentar el correspondiente informe ante el Consejo Asesor de la Magistratura.  

En virtud del Convenio suscripto entre el CPT y (CAM) se convoca a psicólogos interesados en conformar un padrón de profesionales para el desarrollo de esta tarea de evaluación, conforme al Protocolo acordado por ambas entidades.  

La nómina será elevada al CAM, y sus  integrantes    podrán ser requeridos de mantera particular por los candidatos. Requisitos:  

  1. tener un mínimo de 5 años de ejercicio profesional y matricula activa, sin deuda hasta el 30/6/2020. 
  2. Tener experiencia en evaluación psicológica en el ámbito clínico y/o laboral 
  3. Tener antecedentes de formación en psicodiagnóstico (no excluyente) 
  4. No desarrollar tareas profesionales ni administrativas  en relación de dependencia  el ámbito del Poder Judicial 
  5. Deberá enviar su currículum  vitae, con datos personales, domicilio profesional, experiencia laboral en evaluación y antecedentes específicos desde el 2/6 al 10/6, por mail a info@colpsicologostuc.org.ar, con el asunto CONVENIO CPT-CAM 

El Consejo Directivo procederá al estudio de CV y eventualmente entrevistará a los interesados. En base a este proceso conformará un Padrón que quedará a disposición del CAM y de las personas que se presenten a concurso en el Poder Judicial.   

Los profesionales integrantes del Padrón firmarán un acta compromiso por la cual:  

  • Cobrarán al postulante el arancel   establecido para esta práctica 
  • Quedarán excluidos ante cualquier incumplimiento de las normas profesionales y éticas establecidas por la ley 7512 y el Código de Ética 
  • No realizarán la evaluación cuando el postulante tenga lazos de familiaridad hasta segundo grado u otros lazos prexistentes 

Los informes, para ser presentados ante el CAM, deberán ser auditados y certificados por el CPT.  

Una vez conformado el Padrón,  el CPT dictará una actividad de capacitación para presentar el Protocolo y explicar el procedimiento administrativo que seguirá el concursante para certificar el informe