En el ámbito escolar, muchas veces sucede que las/los docentes y/o la escuela piden –generalmente a través de los padres- un informe psicológico de un estudiante. Desde lo que nos enseña el Código de Ética, ¿cómo debo proceder?
En el capítulo 1, punto 2.3 nos indica “La información que se da a padres y/o demás responsables de menores de edad o incapaces y a las instituciones que la hubieran requerido, debe realizarse de manera que no condicione el futuro de los mismos y que no pueda ser utilizada en su perjuicio”.
Podemos hacer una devolución –oral o escrita cuando sea requerido- a los padres, asesorar a docentes y demás profesionales tratantes, siempre teniendo en cuenta no perjudicar o comprometer el destino del niño/a.
Honorable Tribunal de Ética
Colegio de Psicólogos de Tucumán