
Debido a los reiterados pedidos de los distintos colegios profesionales y de la propia poblacion de afiliados, en este tiempo de aislamiento social obligatorio, como medida sanitaria para salvaguardar la vida por el covid -19.
La S.S.Salud emitió la siguiente resolución, por el cual obliga a las obras sociales a brindar asistencia y/o consulta por teleconferencia o teleconsulta, garantizando lo previsto en la Ley Nº 25.326, de Protección de los Datos Personales, y su normativa reglamentaria.Exigimos que las demás obras sociales y pre pagas que aun se niegan a brindar la asistencia psicológica bajo esta modalidad, acaten la resolución ministerial en un corto plazo, para garantizar la atención en las urgencias en salud mental, en este tiempo de pandemia.