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Resolución de superintendencia de servicios de salud

Debido a los reiterados pedidos de los distintos colegios profesionales  y de la propia poblacion de afiliados, en este tiempo de aislamiento social obligatorio, como medida sanitaria para salvaguardar la vida por el covid -19. 
La S.S.Salud emitió la siguiente resolución, por el cual obliga a las obras sociales a brindar asistencia y/o consulta  por teleconferencia o teleconsulta, garantizando lo previsto en la Ley Nº 25.326, de Protección de los Datos Personales, y su normativa reglamentaria.Exigimos que las demás obras sociales y pre pagas que aun se niegan a brindar la asistencia psicológica bajo esta modalidad, acaten la resolución  ministerial en un corto plazo, para garantizar la atención en las urgencias en salud mental, en este tiempo de pandemia.

Resolución