En los últimos días recibimos consultas de colegas que registraron cobros por mantenimiento de sus cuentas bancarias a partir de las transferencias de Obras Sociales realizadas bajo el concepto HONORARIOS.

Hasta el momento, las situaciones informadas corresponden principalmente a clientes de Banco Galicia, entidad que durante 2025 modificó las condiciones de bonificación de determinadas cuentas, estableciendo, entre otros requisitos, montos mínimos de acreditación mensual para mantener ese beneficio.

Queremos precisar un aspecto importante: los fondos que el CPT transfiere a los/as prestadores/as corresponden a honorarios por prestaciones profesionales realizadas y facturadas, no a haberes. Las Obras Sociales transfieren al Colegio los importes correspondientes a esas prestaciones y el CPT, posteriormente, los transfiere a las cuentas informadas por cada profesional. Por esta razón, se produjo un cambio en el concepto de las transferencias: anteriormente figuraban como HABERES y actualmente se realizan como TRANSFERENCIAS A TERCEROS EN CONCEPTO DE HONORARIOS, de acuerdo con la naturaleza y el origen de esos fondos. Esta modalidad continuará vigente en las próximas transferencias.

Ante la información y las distintas recomendaciones que algunos/as colegas han recibido de asesores de sus entidades bancarias durante estos días, consideramos importante insistir en este punto: la modalidad adoptada por el CPT no responde a una decisión arbitraria, sino a la necesidad de que la operación bancaria sea consistente con la naturaleza del pago que se realiza y con las normativas de ARCA, organismo a cuya auditoría estamos sujetos. Por esa razón, el Colegio no puede adoptar modalidades de transferencia que identifiquen estos pagos como haberes cuando se trata de honorarios profesionales, aun cuando esa alternativa pudiera permitir el mantenimiento de determinados beneficios comerciales en algunas entidades bancarias.

Sabemos que, en algunos casos, el cobro de mantenimiento ha representado un monto significativo en relación con los honorarios percibidos. Por eso, necesitamos conocer el alcance concreto de la situación para evaluar institucionalmente los pasos a seguir.

Si registraste un débito por mantenimiento de cuenta vinculado a esta situación, te solicitamos completar el siguiente formulario hasta el día lunes 14 de septiembre:

Deberás consignar nombre y apellido, número de matrícula y adjuntar un PDF del comprobante o resumen bancario donde pueda identificarse el monto debitado.

Para evitar nuevos cargos, recomendamos consultar con tu banco las condiciones de bonificación de tu cuenta. Si contás con otra cuenta que te resulte más conveniente —por ejemplo, una cuenta sueldo—, podés modificar el CBU para recibir los próximos pagos directamente desde Autogestión.

Recordamos también que continúa vigente la adhesión voluntaria al convenio del CPT con Banco Credicoop, que contempla la bonificación del mantenimiento para prestadores/as. Para conocer sus condiciones y recibir asesoramiento personalizado, tanto en Capital como en el Sur de la provincia, pueden comunicarse al 381-3648830.

Agradecemos a quienes nos acercaron sus situaciones. Contar con esta información nos permitirá dimensionar lo ocurrido y evaluar responsablemente cómo continuar.

Consejo Directivo

Colegio de Psicólogos de Tucumán